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Protección a las víctimas de la Violencia de Género

Protección a las víctimas de la Violencia de Género

Violencia de Género

Max Adam Romero:
“Es necesaria una mayor protección policial y jurídica de todas las víctimas de Violencia de Género”

La Audiencia Nacional ha dado la razón al abogado y condena al Ministerio del Interior por la inadecuada protección de la Guardia Civil

“Había elementos suficientes que exigían un seguimiento de atención preferente y protección de la víctima que van más allá de analizar unos parámetros cuantitativos. La conciencia social e institucional sobre el problema de Violencia de Género exige una mayor sensibilización”.

Así lo alega Max Adam Romero, abogado de la mujer de Olivares (Sevilla), que fue asesinada en octubre de 2016 por su ex pareja.

Cuatro años después, la Audiencia Nacional le ha dado la razón y condena al Ministerio de Interior por la inadecuada protección de la Guardia Civil.

Un mes antes del crimen, la mujer se había decidido a denunciar y pidió protección oficial.

Los agentes determinaron que no había riesgo para la mujer creyendo la versión del marido, que se había autolesionado para alegar una disputa familiar, y también por el hecho de que no hubiera denuncias previas.

El desenlace motivó la apertura de una investigación y condena ahora al Ministerio del Interior a pagar 20.000 euros a cada progenitor y 70.000 a sus hijos.

Esta sentencia ha puesto de manifiesto que hay que mejorar el seguimiento para la valoración policial del nivel de riesgo de las víctimas.

El letrado ha apuntado que “la sentencia es justa aunque podría haber llegado antes. En el juicio se intentó la posibilidad de que la Administración respondiera como responsable civil subsidiaria pero no se nos permitió.

Me obligaron a ir, por tanto, a un procedimiento extemporáneo y otro más ante la Audiencia Nacional. También llega tarde porque la familia ha tenido que soportar un gasto enorme para que se hiciera justicia durante estos años”.

Adam Romero confirma que hubo un engranaje de fallos por parte de la Administración. “Después todos los parámetros analizados de VioGén catalogan el caso como ‘leve’, cuando todo apuntaba a una vulnerabilidad absoluta porque era inmigrante y con menores a su cargo.

Además, había elementos suficientes en la denuncia previa y en la declaración judicial que exigían un seguimiento de atención preferente de asistencia y protección de la víctima por parte de la Benemérita y no dejar el asunto en manos del Punto de Igualdad Municipal.

La conciencia social e institucional sobre el problema de Violencia de Género exige una mayor sensibilización en todas las víctimas”. Por tanto, expone que “un policía no debe aplicar el informe de valoración de riesgo solamente de manera cuantitativa, sino valorando el riesgo real que hay, investigar si hay antecedentes y cumplir un seguimiento, algo que no se hizo”.

Pero el abogado apunta que no cree que esta sentencia siente un precedente para que todos los familiares de víctimas puedan pedir una indemnización, sino todo lo contrario.

“Los abogados tenemos que velar porque haya un sistema mucho más garantista y que proteja a la víctima para que no haya necesidad de recurrir a la Audiencia Nacional.

Junto a ello, es necesaria la educación en valores, tolerancia y respeto y establecer todos los parámetros de dirigentes, particulares y leyes para garantizar esa asistencia”. Enfatiza, por tanto, que “tenemos un sistema de protección de la víctima que es relativamente reciente en violencia de género y debemos perfeccionarlo.

El objetivo principal de esta sentencia es conseguir que esto no vuelva a pasar. Y si lamentablemente pasa, que al menos, hayan puesto todas las medidas para que no pase.

Otros aspectos que se deben mejorar para prevenir las consecuencias del maltrato, argumenta, es “dotar de mayor formación a los agentes del orden, sociales, abogados, fiscales, jueces en esta materia y que haya una conexión a su vez con los técnicos y profesionales que tratan a la víctima, el Punto de Igualdad de la Mujeres y las organizaciones no gubernamentales”.

En el mismo sentido “la actuación policial no debería quedar limitada a aspectos formales de asistencia, información de derechos y citación a juicio a la denunciante. Es necesaria una mayor protección policial y jurídica de todas las víctimas, que es la principal conclusión de la sentencia”, explica.

El fallo de la Audiencia Nacional recoge además el voto particular de la presidenta y de tres consejeros del Consejo de Estado que apreciaron un funcionamiento erróneo del servicio de la Guardia Civil como policía judicial en cuanto a la inaplicación y seguimiento del protocolo que no reevaluó el nivel de riesgo.

Por todo ello, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó finalmente que la Benemérita es responsable del asunto.