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Incumplimiento del régimen de visitas

Incumplimiento del régimen de visitas

El régimen de visitas es un derecho y una obligación para los progenitores no custodios . Asimismo, es un derecho fundamental para los menores de edad, para mantener contacto con ambos. Por ello, el incumplimiento del régimen de visitas puede tener repercusiones legales significativas y consecuencias emocionales para todas las partes involucradas. En artículo, abordamos este tema, sus implicaciones legales y las posibles soluciones que ofrecemos a nuestros clientes en Bolonia Abogacía.

Régimen de visitas

El régimen de visitas es el conjunto de normas establecidas por un juez, que determinan los tiempos y condiciones bajo los cuales el progenitor no custodio puede visitar y convivir con sus hijos menores. Este régimen tiene como objetivo principal asegurar que los niños mantengan una relación constante y significativa con ambos progenitores, después de una separación o divorcio.

En España, el régimen de visitas se regula principalmente por el Código Civil y por la Ley de Protección Jurídica del Menor. Según el artículo 94 del Código Civil, el juez determinará el tiempo, modo y lugar en que el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores podrá ejercer su derecho a visitarlos, comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía.

Incumplimiento del régimen de visitas

El incumplimiento del régimen de visitas puede manifestarse de varias formas:

  • Impedimento del régimen de visitas: cuando el progenitor custodio impide o dificulta de manera injustificada las visitas del progenitor no custodio.
  • Incumplimiento del progenitor no custodio: cuando el progenitor no custodio no respeta las horas o días establecidos para las visitas, ya sea por ausencias repetidas o por incumplir los horarios acordados.
  • Modificación unilateral del régimen: cualquier cambio en el régimen de visitas que no ha sido acordado por ambas partes y aprobado por el juez.

Consecuencias legales

Cumplir con el régimen de visitas es fundamental para el bienestar emocional y psicológico de los menores y para mantener una relación saludable entre los progenitores y sus hijos. Por ello, el incumplimiento del régimen de visitas puede acarrear diversas consecuencias legales, entre las cuales destacan:

  • Modificación del régimen de custodia: En casos graves y reiterados de incumplimiento, el juez puede considerar modificar la custodia, otorgándola al otro progenitor si se demuestra que es en beneficio del menor.
  • Sanciones económicas: El progenitor incumplidor puede ser condenado a pagar una multa.
  • Pérdida de derechos: En casos extremos, el progenitor incumplidor puede perder su derecho de visita.
  • Intervención de los Servicios Sociales: Para evaluar la situación familiar y el bienestar del menor.

Acciones legales contra el incumplimiento del régimen de custodia

Para abordar el incumplimiento del régimen de visitas, se pueden tomar varias acciones legales:

  • Solicitud de ejecución de sentencia: Se puede solicitar al juez que haga cumplir el régimen de visitas establecido.
  • Demanda de modificación de medidas: Si el incumplimiento es recurrente, se puede solicitar una modificación de las medidas establecidas.
  • Denuncia por desobediencia: El incumplimiento reiterado puede ser considerado un delito de desobediencia a la autoridad judicial, sancionado penalmente.

Mediación familiar o procedimiento judicial

Antes de recurrir a la vía judicial, se puede optar por la mediación familiar. Este proceso tiene como objetivo facilitar el diálogo entre los progenitores y alcanzar acuerdos que beneficien a todas las partes, especialmente a los menores.

Si la mediación no es exitosa, se deberá interponer una demanda judicial. El procedimiento comienza con la presentación de la demanda, seguida de la vista judicial, y terminando por la resolución judicial.

  1. Presentación de la demanda: Detallando los incumplimientos y aportando las evidencias recolectadas.
  2. Vista judicial: Donde ambas partes expondrán sus argumentos y el juez evaluará las pruebas presentadas.
  3. Resolución judicial: El juez dictará una sentencia que puede incluir medidas correctivas y sanciones.